Resolución Expediente Acta Nº
Nº 190/024 1372-69-001-2023 21/2024
 
Referencia
VERIFICACIÓN REALIZADA POR LOS TÉCNICOS DE LA URSEA AL GENERADOR DE VAPOR Nº 5122 PERTENECIENTE A HOSPITAL MACIEL, UBICADO EN 25 DE MAYO 174, MONTEVIDEO
 
Resolución

VISTO: en el expediente N° 1372-69-001-2023 la situación de los generadores de vapor: No. 4331 y 5122, pertenecientes al Hospital Maciel, ubicados en 25 de Mayo 174, departamento de Montevideo;
RESULTANDO: I) que el empleo de generadores de vapor no es libre, sino que está regulado por leyes y diversa normativa, que prevén un sistema de condiciones de seguridad mínimas para su operación y estar auditado por el estado, por medio de habilitaciones con cierta periodicidad;
II) que con fecha 11 de diciembre de 2023 en el marco de la inspección realizada por Ursea se encontró el equipo operando con la habilitación vencida y al equipo 4331 desafectado;
III) que en virtud de lo constatado e informado en estos obrados se entendió oportuno proponer una multa equivalente a 11.474 Unidades indexadas;
IV) que posteriormente Fiscalización Generadores de Vapor informó que el titular del equipo habilitó el mismo por el plazo de un año desde realizada la prueba hidráulica, por lo que corresponde morigerar la sanción en un 50%;
CONSIDERANDO: I) que el monto de la sanción se relaciona con la superficie del equipo, en este caso 15 m2;
II) que se ha dado cumplimiento al debido procedimiento, por lo que corresponde resolver en consecuencia;
ATENTO: A lo expuesto y lo establecido en la ley 17.598 del 13 de diciembre de 2002, en los arts. 18 a 25 de la ley 19.535 del 3/10/2017, en el reglamento de Generadores de vapor aprobado por la Resolución 81/2016, con la redacción dada por la Resolución N° 101/021;


EL DIRECTORIO DE URSEA
RESUELVE:


1.- Aplicar a HOSPITAL MACIEL (RUT 214945270014) una sanción equivalente a cinco mil setecientas treinta y siete Unidades Indexadas (UI 5.737).
2.- Notifíquese, publíquese en la base de Resoluciones del sitio web de la Unidad y en la base de Sanciones.
3.- Pase a Gestión de Recursos a efectos del cobro de la multa impuesta.
4.- oportunamente, archívese sin perjuicio.

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 21/2024 de fecha 04/23/2024